{"id":39733,"date":"2022-01-05T07:36:23","date_gmt":"2022-01-05T13:36:23","guid":{"rendered":"http:\/\/bambapolitica.com.mx\/?p=39733"},"modified":"2022-01-05T07:57:05","modified_gmt":"2022-01-05T13:57:05","slug":"edomex-subsidia-pago-de-tenencia-2022-ve-si-te-toca","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/bambapolitica.com.mx\/index.php\/2022\/01\/05\/edomex-subsidia-pago-de-tenencia-2022-ve-si-te-toca\/","title":{"rendered":"Edomex subsidia pago de tenencia 2022; ve si te toca"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-medium-font-size\">Quienes accedan indebidamente al subsidio a la tenencia 2022 en el Edomex, sin tener derecho, ser\u00e1n acreedores a sanciones. <\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Debido a los estragos generados a los sectores productivos del pa\u00eds por la pandemia del COVID-19 y las consecuencias econ\u00f3micas, el Poder Ejecutivo del Estado de M\u00e9xico ha implementado el otorgamiento del subsidio del 100% de la tenencia 2022 durante los tres primeros meses del a\u00f1o a las unidades de personas f\u00edsicas, de acuerdo con lo publicado en el Peri\u00f3dico Oficial, Gaceta del Gobierno mexiquense.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u00bfPara qui\u00e9nes aplica este subsidio a la tenencia?<br>Aquellas unidades de personas residentes en el Edomex, cuyo valor ascienda hasta a 400 mil pesos para veh\u00edculos y 115 mil para motocicletas, podr\u00e1n disfrutar del subsidio, siempre y cuando vayan al corriente en sus pagos y cubran el refrendo de este a\u00f1o<br>Personas jur\u00eddicas colectivas con fines no lucrativos con domicilio en el Estado de M\u00e9xico, a las que se refiere el art\u00edculo 79 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que tributen en t\u00e9rminos del T\u00edtulo III de ese mismo ordenamiento<br>Lo anterior, con excepci\u00f3n de veh\u00edculos propiedad de la Federaci\u00f3n, Estado, municipios, sus organismos auxiliares y aut\u00f3nomos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u00bfQu\u00e9 deben cumplir para obtener el subsidio de la tenencia?<br>a) Ser residentes del Estado M\u00e9xico<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">b) Para veh\u00edculos con adeudos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Veh\u00edculos vigente en la entidad y derechos de control vehicular del Ejercicio Fiscal 2021, deber\u00e1n realizar el pago de la contribuci\u00f3n y sus accesorios, durante el plazo de vigencia del presente acuerdo<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">c) Estar al corriente en sus obligaciones fiscales estatales e impuestos coordinados con la Federaci\u00f3n o municipios, que el Estado de M\u00e9xico recaude o administre, en t\u00e9rminos de los Convenios de Colaboraci\u00f3n Administrativa en materia fiscal correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">d) Realizar la gesti\u00f3n del subsidio dentro de los tres primeros meses del Ejercicio Fiscal 2022, a trav\u00e9s del Portal de Servicios al Contribuyente de la Secretar\u00eda de Finanzas del Gobierno del Estado de M\u00e9xico o acudiendo a alguno de los Centros de Servicios Fiscales, con el objeto de obtener el Formato Universal de Pago correspondiente al Ejercicio Fiscal a subsidiar, manifestando cumplimiento de los requisitos establecidos en los incisos anteriores<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">e) Efectuar el pago de derechos por servicios de control vehicular previstos en los art\u00edculos 77, fracciones II, VIII, inciso B), IX, inciso B) y 87, fracci\u00f3n XI, inciso B) del C\u00f3digo Financiero del Estado de M\u00e9xico y municipios, dentro del plazo de vigencia del presente Acuerdo<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">f) Trat\u00e1ndose de propietarios de veh\u00edculos nuevos o usados adquiridos mediante importaci\u00f3n definitiva, que durante el Ejercicio Fiscal 2022 se inscriban por primera vez en el Registro Estatal de Veh\u00edculos, deber\u00e1n realizar el tr\u00e1mite de alta del o los veh\u00edculos, dentro de los 15 d\u00edas siguientes, contados a partir de la fecha de adquisici\u00f3n o importaci\u00f3n, de conformidad con lo previsto en la fracci\u00f3n I segundo p\u00e1rrafo del art\u00edculo 47 del C\u00f3digo Financiero del Estado de M\u00e9xico y municipios<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">g) Por lo que hace a los propietarios de motocicletas, motonetas, trimotos y cuadrimotos nuevos o usados, adquiridos mediante importaci\u00f3n definitiva, que durante el Ejercicio Fiscal de 2022 se inscriban por primera vez en el Registro Estatal de Veh\u00edculos, deber\u00e1n realizar el tr\u00e1mite de alta del o los veh\u00edculos, dentro de los tres d\u00edas siguientes, contados a partir de la fecha de adquisici\u00f3n o importaci\u00f3n, de conformidad con lo previsto en la fracci\u00f3n I, tercer p\u00e1rrafo del art\u00edculo 47 del C\u00f3digo Financiero del Estado de M\u00e9xico y municipios<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u00bfPara qui\u00e9nes no aplica?<br>Las unidades de personas morales (a nombre de empresas) no aplican para el subsidio de la tenencia porque sus veh\u00edculos ya son deducibles en impuestos federales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">No ser\u00e1 procedente otorgar el subsidio del impuesto de la tenencia cuando:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">a) El pago de derechos por servicios de control vehicular se realice con posterioridad a la conclusi\u00f3n de la vigencia del presente acuerdo, o cuando, trat\u00e1ndose de veh\u00edculos, motocicletas, motonetas, trimotos y cuadrimotos nuevos o usados, adquiridos mediante importaci\u00f3n definitiva, se realice el pago de dichos derechos, despu\u00e9s del t\u00e9rmino de 15 d\u00edas trat\u00e1ndose de veh\u00edculos y tres d\u00edas para motocicletas, motonetas, trimotos y cuadrimotos, respectivamente, de acuerdo con lo previsto en el art\u00edculo 47, fracci\u00f3n I del C\u00f3digo Financiero del Estado de M\u00e9xico y municipios<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">b) Exista alguna irregularidad o falsedad en los datos y\/o documentaci\u00f3n proporcionados<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">c) El solicitante no re\u00fana alguno de los requisitos establecidos<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">d) Los veh\u00edculos porten placas de circulaci\u00f3n de otra entidad federativa<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">e) Las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas colectivas propietarias de veh\u00edculos de servicio particular con placas de circulaci\u00f3n expedidas en el Ejercicio Fiscal 2016 y anteriores no hayan cumplido, en t\u00e9rminos de los Art\u00edculos Tercero, Cuarto y Quinto Transitorios del Decreto N\u00famero 18 de la \u201cLX\u201d Legislatura del Estado de M\u00e9xico, publicado en el Peri\u00f3dico Oficial Gaceta del Gobierno el 31 de diciembre de 2018, con la obligaci\u00f3n de realizar la renovaci\u00f3n de placas<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">f) Los contribuyentes que tengan adeudos por concepto del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Veh\u00edculos vigente en la Entidad y de derechos de control vehicular de los Ejercicios Fiscales 2020 y anteriores<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">g) Los contribuyentes que obtengan durante el Ejercicio Fiscal 2022, beneficios fiscales de condonaci\u00f3n de adeudos por concepto del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Veh\u00edculos y de derechos de control vehicular de Ejercicios Fiscales anteriores, respecto del mismo veh\u00edculo automotor<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Sanciones<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">Por \u00faltimo, en la publicaci\u00f3n se establece que quienes accedan indebidamente a este subsidio a la tenencia del Estado de M\u00e9xico sin tener derecho, se har\u00e1n acreedores a las sanciones correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-medium-font-size\">\u201cLos contribuyentes que, por cualquier motivo, accedan indebidamente al subsidio sin tener derecho a \u00e9ste, deber\u00e1n cubrir el impuesto causado, con los accesorios legales a que haya lugar, con independencia de las sanciones que correspondan por las infracciones a las disposiciones fiscales en que incurran\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Quienes accedan indebidamente al subsidio a la tenencia 2022 en el Edomex, sin tener 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