Corte ordena continuar proceso de revocación; concede suspensión contra acuerdo del INE
La comisión de receso dio entrada a la controversia presentada por el diputado presidente y determinó que el instituto electoral debe ajustarse a su presupuesto
Por instrucción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Instituto Nacional Electoral (INE) deberá continuar con la organización de la consulta de revocación de mandato, con los recursos que le fueron asignados por la Cámara de Diputados.
Ayer, la Comisión de Receso de la SCJN admitió a trámite la controversia promovida por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, quien impugnó el acuerdo del INE para suspender el proceso de la revocación debido a la falta de recursos.
La comisión del máximo tribunal, integrada por las ministras Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel, consideró que la resolución tomada el pasado viernes por seis de los 11 consejeros electorales contraviene el artículo 29 constitucional, el cual indica que los derechos políticos no pueden ser restringidos o suspendidos de manera general, “por lo que la ejecución del acuerdo del INE pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho de la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato”.
Ante ello, concedió una suspensión provisional contra el acuerdo del instituto, lo que significa que, mientras la Corte no resuelva el fondo de la controversia, el INE deberá organizar el ejercicio.
En redes sociales, Sergio Gutiérrez Luna celebró la determinación de la Comisión de Receso de la Suprema Corte.
La Corte da revés al acuerdo del INE
Admite a controversia y concede suspensión al recurso interpuesto por la Cámara de Diputados.
El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, consiguió anoche que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le concediera la suspensión que solicitó el martes en contra del acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que posponía algunos preparativos de la revocación de mandato.
El morenista celebró que esta determinación ordena al árbitro electoral “respetar en sus términos el ordenamiento contenido en el artículo cuarto transitorio de la Ley Federal de Revocación de Mandato”.
Eso implica que deberá organizar esa consulta de democracia directa con los recursos que le asignó la Cámara de Diputados.
Gutiérrez Luna se declaró satisfecho por esa resolución que, según se lo notificó la Corte, establece que “el Instituto deberá de garantizar la realización de este ejercicio de revocación de mandato, por lo que hará los ajustes presupuestales que fueran necesarios”.
Desde ya, el máximo tribunal constitucional considera que la resolución tomada el viernes por 6 de los 11 consejeros electorales contraviene el párrafo segundo del artículo 29 que indica que los derechos políticos no pueden ser restringidos o suspendidos de manera general, “por lo que la ejecución del Acuerdo del INE pone en riesgo el ejercicio oportuno del derecho de la ciudadanía a decidir si revoca o no el mandato”.
Aun cuando los 11 ministros se encuentran de vacaciones, la Comisión de Receso de la SCJN, integrada por Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel, acordó admitir a trámite la controversia constitucional promovida un día anterior por el legislador morenista en su calidad de titular de la Mesa Directiva de San Lázaro.
Gutiérrez Luna celebró en sus redes sociales esta determinación del máximo tribunal constitucional, en tanto implica que el proceso de revocación de mandato deberá continuar “en todas sus fases, en términos de la Ley de Revocación y el Presupuesto de Egresos”.
Eso significa que mientras la Corte no resuelva el fondo de la controversia, el INE deberá organizar este ejercicio de democracia directa previsto para el 10 de abril con los recursos que le asignó en noviembre la Cámara de Diputados.
“Con la admisión, se determinó conceder la suspensión solicitada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que el INE se abstenga de ejecutar el acuerdo por el que pretendía posponer cualquiera de las actividades para la organización del proceso de revocación de mandato del Presidente de la República y, en consecuencia, continúe con la organización y el desarrollo de la totalidad de las actividades del proceso de revocación de mandato”, explicó la SCJN en un comunicado.
Si bien la Corte deberá atender el fondo tanto de la controversia interpuesta por el presidente de la Cámara de Diputados como por el Consejo General del INE, en la determinación formulada anoche por la Comisión de Receso se asume que el acuerdo del viernes anterior pone en riesgo derechos políticos, dándole así la razón a los alegatos que Morena ha planteado al respecto.
En el comunicado se afirma que la determinación de la Comisión de Receso se sustenta en las definiciones que el día 14 de diciembre tomó el ministro Juan Luis Gonzalez Alcántara Carrancá al indicarle al INE que resultaba improcedente concederle la suspensión solicitada de los preparativos de la consulta de revocación.
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