Corte atrae caso de Mario Aburto para resolver si ya cumplió su condena por el magnicidio de Colosio
La Suprema Corte revisa el caso de Mario Aburto para determinar si ya cumplió su condena por el magnicidio de Luis Donaldo Colosio.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo dos juicios de amparo en revisión para determinar en definitiva si Mario Aburto ya cumplió su condena por el magnicidio de Luis Donaldo Colosio, excandidato presidencial del PRI, hechos ocurridos en marzo de 1994, en Lomas Taurinas, Tijuana, Baja California.
Por mayoría de seis votos, las y los ministros resolvieron que es necesario que el Tribunal Constitucional fije el parámetro para analizar un proceso penal sobre un magnicidio, bajo el sistema penal tradicional, a efecto de garantizar los derechos tanto del quejoso como de la víctima.
En la sesión no se dio a conocer qué ministro o ministra estaría al cargo del proyecto de sentencia, lo cual se determinará en los próximos días.
Previo a la sesión, la ministra Sara Irene Herrerías, solicitó, y se le aceptó, su exclusión de la participación en la votación sobre los citados expedientes, identificados como solicitud del ejercicio de la facultad de atracción 929/2025 y 947/2025.
Y es que, recordó, durante casi nueve años se desempeñó como titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos, en la cual se llevaron a cabo investigaciones relacionadas con el caso Colosio
Defensa ‘pelea’ por reducir condena de 45 años de prisión de Mario Aburto
Cabe recordar que, en 2024, Mario Aburto Martínez obtuvo una sentencia que señaló que su condena, de 45 años de prisión, se determinó con base en un criterio erróneo, por lo que la pena debió haber sido menor.
Se dijo que la entonces Procuraduría General de la República (PGR) debió apoyar su acusación en el Código Penal de Baja California vigente en 1994, donde se establecía una pena máxima de 30 años de prisión.
Se argumentó que el caso se llevó a cabo como si Luis Donaldo Colosio hubiera sido servidor público federal, aunque en el amparo se resolvió que era candidato presidencial y no ocupaba un cargo público.
Debido a que la Corte ejerció su facultad de atracción en torno a la sentencia impuesta a Mario Aburto, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito deberá enviar el expediente original del amparo directo número 104/2021.
En cuanto se cumpla este requisito, el asunto será turnado a alguno de los ministros para la elaboración del proyecto de resolución.
