Qué pasa cuando una persona adquiere una vivienda antes de casarse pero continúa pagando el crédito durante el matrimonio

XAZFGVMLWFBWLLF4VWSEF6FHDQ

¿Debe tomarse en cuenta ese inmueble al momento de calcular una compensación económica por divorcio?Se acaba de resolver en la Corte una contradicción de criterios entre tribunales de Veracruz y Aguascalientes con ese problema.

El asunto involucraba inmuebles adquiridos a crédito antes del matrimonio, pero cuyas mensualidades continuaron pagándose durante la vigencia de la relación.Un tribunal consideró que esos bienes no debían formar parte del análisis para calcular la compensación, el otro consideró que sí podían tomarse en cuenta los pagos realizados durante el matrimonio.

La Corte fijó como criterio obligatorio que, en los matrimonios celebrados bajo el régimen de separación de bienes, debe considerarse la proporción pagada durante el matrimonio de un bien adquirido previamente a crédito para efectos de calcular una compensación económica por divorcio.

Esta figura busca corregir los desequilibrios patrimoniales que pueden generarse cuando una de las personas dedica mayor tiempo al trabajo doméstico y de cuidados, mientras la otra desarrolla una actividad remunerada y forma patrimonio.Ojo. Esto no significa que la vivienda se convierta automáticamente en propiedad de ambas personas ni que cambie la titularidad del crédito.

Tampoco convierte un bien individual en patrimonio común.Lo que se reconoce es que limitar el análisis únicamente al momento en que se firmó el crédito puede dejar fuera todo lo que ocurrió después durante la vida en común.Una cosa es preguntarse quién compró la casa y otra muy distinta preguntarse cómo fue posible pagarla.