Conoce todos los impuestos que se deben pagar cada año en el Estado de México

Es necesario saber la lista de las obligaciones fiscales que se realizan en este inicio de año, para evitar tener multas por incumplimiento y gozar de beneficios.

La lista de impuestos y obligaciones que se deben pagar cada año en el Estado de México es muy larga, por eso es necesario tenerla en cuenta para no ser objeto de multas por incumplimiento y aprovechar los descuentos que se ofrecen a inicios de año.

Recuerda que en caso de adeudos de años anteriores puedes acercarte a la autoridad para firmar un convenio de pago en parcialidades para aminorar la carga y ponerte al corriente voluntariamente antes de recibir un requerimiento y el pago de multas.

A continuación te recordamos algunos de los impuestos y obligaciones fiscales más importantes en la entidad mexiquense:

• Predial: este impuesto municipal se puede pagar de manera anual y anticipada.

Esto permite al contribuyente alcanzar una bonificación de 8, 6 y 4 por ciento durante los meses de enero, febrero y marzo, respectivamente.

Así como un 8, 6 y 2 por ciento extra si pagó a tiempo en los dos años previos.

Si él o la contribuyente forma parte de los sectores vulnerables puede tener un descuento extra con el cual alcanzará una reducción de hasta 50 por ciento en el mes de enero.

La condición es pagar en una sola exhibición todo el año de manera anticipada.

Se puede hacer físicamente en la oficina municipal o en internet, en la página web del municipio o bien en la del gobierno estatal para hacer el trámite en línea.

• Derecho de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y Recepción de los Caudales de Aguas Residuales para su Tratamiento: es también de carácter municipal. Tiene el mismo tratamiento que el caso anterior y su bonificación puede llegar a 50 por ciento si se paga en el primer mes del año.

• Refrendo vehicular: esta obligación corresponde a quienes tienen un vehículo domiciliado en la entidad. El monto anual es de 742 pesos.

Se puede pagar en cualquier etapa del año, pero si se hace en los tres primeros meses permite al automovilista quedar exento del pago de tenencia si cumple algunos otros requisitos.

• Reemplacamiento: cada cinco años se deben renovar las placas de los vehículos y motos domiciliadas en la entidad. El costo va desde los 844 pesos para unidades particulares hasta 4 mil 282 pesos en unidades de carga y con las láminas se incluye la tarjeta de circulación y la calcomanía correspondiente.

• Tenencia: este impuesto lo pagan quienes tienen vehículos y, o motos dadas de alta en el padrón vehicular. El monto depende del tipo de unidad y su antigüedad.

En los tres primeros meses se subsidia la totalidad del pago a personas físicas que paguen el refrendo y estén al corriente en sus obligaciones, siempre y cuando sean vehículos con valor menos a 400 mil pesos y a 115 mil en el caso de las motos.

• Casas de Empeño: las casas de empeño que existen en la entidad deberán pagar un impuesto por los bienes dados en pignoración, que no hayan sido recuperados por el deudor y sean enajenados en ese lugar.

El monto se calculará tomando en cuenta la ganancia que obtenga la casa de empeño, aplicando una tasa de 5 por ciento.

• Ecológico por la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera: todas las fuentes fijas que empitan dióxido de carbono al aire pagaran una cuota de 43 pesos por cada tonelada. La medición es auto regulable, es decir que cada uno declara la cantidad emitida y con esa base hará su pago.

• Verificación vehicular: se hace se manera semestral para demostrar que la unidad se encuentra dentro de los niveles de contaminación aceptable.

De acuerdo al color de la calcomanía son los meses en los cuales debe acudir a los centros de verificación.

Su monto es de 896 pesos si es calcomanía doble cero, 448 para cero, 358 tipo uno.

Toma en cuenta que la multa por verificación extemporánea es de mil 792 pesos.

• Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal: están obligadas al pago de este impuesto las personas físicas y jurídicas colectivas, incluidas las asociaciones en participación que realicen pagos en efectivo o especie.

Se aplica una tasa de 3 por ciento al valor total de las contraprestaciones efectivamente pagadas. Quedan exentas del pago hasta por 36 meses quienes contraten a personas del sector vulnerable, a beneficiarios de amnistía, quienes perdieron su trabajo durante la pandemia, recién egresados de alguna escuela, entre otros.

• Venta final de bebidas con contenido alcohólico: lo hacen las personas físicas y jurídicas colectivas que vendan en la entidad estas bebidas, con excepción de las reservadas a la federación.

El gravamen se incluye en el precio del producto y lo paga directamente el público consumidor.

La tasa es de 4.5 por ciento.

• Sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje: lo cubren los propietarios o poseedores de inmuebles, en los cuales se explote el servicio de hospedaje en cualquiera de sus modalidades, a través de hoteles, moteles, albergues posadas, hosterías, mesones, casas de huéspedes, villas, búngalos, campamentos, paraderos, departamentos amueblados con fines turísticos.

La tasa es de 4 por ciento, se paga mediante declaración durante los primeros 10 días de cada mes.

Sobre loterías, rifas, sorteos, concursos y juegos permitidos con cruce de apuestas: lo deben pagar las personas físicas y jurídicas colectivas que organice o exploten loterías, rifas, sorteos, concursos y juegos permitidos con cruce de apuestas; quienes obtengan premios.

La tasa es de 12 por ciento.

Están exentos los partidos y organizaciones políticas, instituciones de asistencia privada, asociaciones religiosas, agencias para adjudicación de autos y los administrados pote el Patronado del Ahorro Nacional.

• Impuesto al Valor Agregado: es un impuesto indirecto sobre el consumo gravado en la entrega de bienes y servicios.

La tasa es de 16 por ciento. Muchos producto ya tiene gravado el IVA otros están libres de este impuesto, como es el caso de libros, revistas y periódicos; la medicina de patente, la joyería, alimentos procesados para mascotas, entre otros, a donde recientemente se sumaron los productos de higiene intima femenina. Si se cobra en diversos servicios como es la telefonía, el internet, entre otros.

• Impuesto Sobre la Renta: es de origen federal, se calcula sumando la totalidad de ingresos y se le aplica una tasa que puede ir desde un 1.9 hasta 30 por ciento. Se aplica a todas las entradas, con excepción de herencias y donaciones. Se aplica tanto a personas físicas como morales.

• Empresarial Tasa Única, mejor conocido como IETU: grava la percepción efectiva de ingresos por enajenación de bienes, prestación de servicios independientes y uso o goce de bienes. Lo pagan personas físicas y morales con una tasa de 17.5 por ciento.

•Documentos personales: aunque no son impuestos debes tener presente la vigencia de varios documentos personales, desde tu credencial para votar del INE que tiene la vigencia en la mica para poder votar; lo mismo ocurre con la licencia de conducir porque de otra manera no se hace valido el seguro que contrates; el pasaporte y la visa, para poder viajar e identificarte de manera internacional.

En estos casos hay que agendar cita para renovar el documento o tramitarlo por primera ocasión.

Ahora ya tienes un panorama más general de las obligaciones impositivas que tienes durante el año, donde es mejor estar a, corriente para evitar requerimientos y se acumulen los compromisos, porque corres el riesgo de ser embargado y, en algunos casos, hasta perder la libertad.

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