Secretaría y Banco del Bienestar deberán informar monto entregado en programas sociales de 2018 a 2022
jueves, 4 de agosto de 2022
El Inai instruyó a la Secretaría de Bienestar y al Banco del Bienestar informar la cantidad de dinero entregado en programas sociales de 2018 a 2022
La Secretaría de Bienestar y Banco del Bienestar deberán informar el monto total entregado a beneficiarios de programas sociales en lo que va del sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador.
Lo anterior, por instrucción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
Una persona solicitó a la Secretaría de Bienestar la cantidad de dinero otorgado en programas sociales, a través del Banco del Bienestar, de 2018 al 17 de mayo de 2022.
La dependencia detalló que opera los programas Bienestar de las personas con Discapacidad Permanente; Pensión para el Bienestar de las personas Adultas Mayores, y el Programa Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras.
Sin embargo, apuntó que la información sobre montos debe dirigirse al Banco del Bienestar. Fue entonces que el solicitante presentó un recurso de revisión ante el Inai.
El caso fue atraído bajo la ponencia de la comisionada Norma Julieta del Río Venegas, en la que se determinó que la Secretaría de Bienestar sí puede conocer las cantidades otorgadas a través de sus distintas unidades administrativas.
De esta forma se determinó que tanto la dependencia como el Banco del Bienestar son competentes para conocer cuánto dinero se ha entregado en programas sociales, información que deberán entregar.
En un segundo caso, el Banco del Bienestar se declaró incompetente para conocer el total de recursos públicos entregados a beneficiarios de programas sociales, de 2018 al 12 de mayo de 2022, ya sea en efectivo, tarjeta u otro documento de valor monetario.
La persona solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el Inai atraído bajo la ponencia de la comisionada presidenta Blanca Lilia Ibarra Cadena.
En el análisis del caso, se advirtió que, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley Orgánica del Banco del Bienestar, esta institución es la encargada de distribuir y reportar los recursos de programas sociales de dependencias y entidades conforme a la normatividad aplicable y las reglas de operación respectivas.
Asimismo, al ser principal dispersor de recursos de programas sociales del Gobierno Federal, se determinó que el Banco del Bienestar es competente para conocer la información requerida, por lo que se le instruyó dar a conocer los datos de interés.