Gobierno pide a Corte no eliminar la prisión preventiva; 68 mil delincuentes quedarían libres
16 de abril 2024
La secretaria pidió al Poder Judicial atender primero uno de los principales problemas de fondo, que es la tardanza de las resoluciones de sus asuntos.
La secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, hizo un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para no eliminar la prisión preventiva oficiosa, pues de lo contrario quedarían libres alrededor de 68 mil presuntos delincuentes.
“Hacemos un llamado a la Corte a respetar la Constitución, la división de poderes, no excederse en facultades, considerar las graves consecuencias que tendría para la seguridad nacional y valores”, dijo.
En la conferencia mañanera de Palacio Nacional, la funcionaria dio a conocer que la Corte está proponiendo invalidar el artículo 19 constitucional y ordenar a todos los jueces del país inaplicar la prisión preventiva de oficio.
Esta decisión se toma a partir de una resolución emitida en enero de 2023 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que, “como sabemos es una instancia judicial internacional que pertenece a la OEA”. En ésta, condena el sistema mexicano y resuelve que se deben adecuar las leyes, incluyendo la Constitución, para eliminar la prisión preventiva.
Alcalde explicó que, aunque esta resolución obliga a todo el Estado mexicano en su conjunto, la Corte atrajo la sentencia oficiosamente para interpretarla y ordenar unilateralmente como México debe actuar.
“No solo se excede en sus facultades sino que pretende tomar una decisión sin dimensionar lo que significa para la paz y la seguridad. El viernes pasado, desde el gabinete de seguridad enviamos una carta para plantear preocupaciones”, indicó.
Además, señaló que esta decisión impactaría en la posible liberación de 68 mil presuntos delincuentes que se encuentran bajo prisión preventiva oficiosa, de los cuales 11 mil 640 están acusados de homicidio, 7 mil 150 de secuestro, 5 mil 617 de violación, 4 mil 13 de narcotráfico y narcomenudeo, 3 mil 800 de portación de armamento y explosivos, mil 405 de feminicidio, mil 273 abuso infantil y corrupción de menores, y 405 de delincuencia organizada.
Detalló que hay entidades que resultarían ampliamente afectadas, como es el caso del Estado de México, donde hay 21 mil 718 personas en esta condición, “el número es tan alto por la enorme tardanza de los propios jueces y la cantidad de recursos y amparos que hacen que duran mucho tiempo en resolverse”.
En este sentido, la secretaria pidió al Poder Judicial, atender primero uno de los principales problemas de fondo, que es la tardanza de las resoluciones de sus asuntos.
“La liberación de estas personas pondría en riesgo a testigos y víctimas que son las personas que los han acusado, por supuesto personal, policías, fiscalías, los juzgadores. Vemos riesgo a población en su conjunto ante la posibilidad de comisión de nuevos delitos, a la seguridad nacional.
“Se trata de individuos presuntamente asociados al crimen que cuentan con capacidad económica, operativa, de alto riesgo de darse a la fuga y, de manera adicional, una carga excesiva que significaría para fiscalías y juzgados”, explicó.
La titular de la Segob apuntó que validar esta decisión vulneraría la soberanía nacional, pues la existencia de organismos internacionales no implica debe violar el derecho de los Estados a autodeterminarse.
“Ningún estado gobierno, organismo o tribunal extranjero puede ordenarle a México modificar su Constitución, régimen político o forma de gobierno, hacerlo sería un acto inadmisible. A quién le toca defender constitución es a la Corte”, sentenció
Explicó que cuando una norma internacional se opone a una constitucional, debe prevalecer lo escrito en la Carta Magna, y hay antecedentes que ese es el criterio que la propia Corte ha tomado en anteriores ocasiones, “incluso el ministro ponente ha interpretado de esta manera y es quien hoy está proponiendo invalidar este artículo”, dijo.
Recordó que el Congreso de la Unión, a través de las Cámaras de Diputados y Senadores, con dos terceras partes y ratificación de la mayoría de congresos locales; son los únicos que tienen la facultada para eliminar o reformar la Constitución. Por el contrario, si la SCJN decide intervenir, sería “asumirse como el gran poder de los poderes”.