Edomex protege a pasajeros: choferes de transporte deben certificarse y conducir en carriles asignados
A partir del 25 de noviembre se aplicará la nueva reforma al Reglamento de Tránsito en la entidad.

Estado de México.- Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Tránsito en el Estado de México, los choferes del transporte público deberán contar con las capacitaciones y certificaciones requeridas por la Secretaría de Movilidad para obtener la licencia de conducir para este sector que tiene una vigencia de uno o dos años, además de circular en carriles asignados.
El objetivo es garantizar una movilidad segura, prevenir accidentes y salvaguardar la vida de la población en vías públicas.
En un ánimo colaborativo con quien cumpla su sanción, la nueva normativa elimina las multas fijas y las sustituye por rango mínimo, medio y máximo, según el historial de infracciones no liquidadas del conductor. De esta forma, quien cumple paga menos y quien acumula sanciones, paga más.
Entre las sanciones al transporte público se encuentran:
- Conducir con licencia de transporte público suspendida o cancelada por resolución: 16, 18 Y 20 UMA – Medida de seguridad retención del vehículo.
- Por circular los vehículos de transporte público de pasajeros, fuera del carril destinado para ellos: 3, 4 y 5 UMA.
- Por levantar o bajar pasaje en lugares no autorizados: 50, 75 y 100 UMA.
Algunas de las sanciones para transporte de carga son: - Por circular los vehículos de transporte de explosivos, inflamables, corrosivos sin los contenedores y tanques especiales y en las vialidades determinadas: 16, 18 Y 20 UMA.
- Por transportar carga que rebase las dimensiones laterales del vehículo o sobresalga más de un metro en la parte posterior, 16, 18 Y 20 UMA.
- Por circular en las vías públicas a más velocidad de la que se determine en los señalamientos respectivos: 10, 13 Y 15 UMA.
- Por circular en horarios y rutas no autorizadas o realizar maniobras de carga y descarga que entorpezcan el flujo de peatones y automotores: 16, 18 Y 20 UMA.
