La Ley que entra en vigor el primero de enero de 2024 y contempla compensaciones de hasta 50% en el pago del predial.

20 de diciembre del 2023.

El Congreso mexiquense aprobó la Ley de Ingresos de los municipios del Estado de México, donde se establecen reglas para el endeudamiento, descuentos en el pago de predial y agua potable, trato especial a quienes integran los grupos vulnerables y a quienes implementen en sus domicilios energías limpias y de manejo sustentable en favor del medio ambiente.Por principio de cuentas fijaron un tope de 20 por ciento en el incremento del impuesto predial, para evitar alzas mayores, con excepción de los predios o inmuebles con modificaciones en superficie o construcción, así como en la tipología, donde, por ejemplo, en lugar de un terreno exista una casa o donde una casa se convirtió en un edificio.Descuento al predial en Edomex para 2024La ley que entra en vigor el próximo primero de enero de 2024, contempla compensaciones de hasta 50 por ciento en el pago del predial, por la adquisición, instalación y operación de energía fotovoltaica para generar y utilizarla en el inmueble. Esto se hará durante cinco ejercicios fiscales.Además de descuentos de 10 por ciento cuando se acredite el manejo integral de residuos sólidos urbanos y, o la práctica de acciones de impacto dirigidas a la sostenibilidad del medio ambiente, previo la emisión del dictamen de procedencia que expida la unidad administrativa municipal encargada del cuidado ambiental.Conserva el subsidio para el impuesto predial cuando se haga el pago anual de manera anticipada, con una bonificación de 8 por ciento en enero, 6 por ciento en febrero y 4 por ciento en marzo. A esto se suma un 8 por ciento adicional en el primer mes para contribuyentes que en los últimos dos años hayan cubierto sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos, 6 por ciento para febrero y 2 por ciento en el mes de marzo.En el caso de los derechos por los servicios de suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado y recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento.Los que paguen de manera anual anticipada durante los tres primeros meses del año tendrán una bonificación equivalente al 6 y 4 por ciento respectivamente, así como 4 y 2 por ciento en enero y febrero si se trata de contribuyentes cumplidos en los últimos dos años.En el caso del suministro de agua potable con medidor la autoridad fiscal recibirá el pago anual anticipado sobre el promedio anual del ejercicio fiscal inmediato anterior, aplicando las bonificaciones referidas anteriormente y al finalizar el sexto bimestre se determinará el total de metros cúbicos que consumieron por el usuario.Sí de ello resulta una cantidad mayor se notificará el contribuyente para que lleve a cabo el pago de la diferencia dentro de los 17 días posteriores a la notificación; pero si resulta un saldo a favor del contribuyente, se le hará la compensación en el pago del siguiente ejercicio fiscal.Durante 2024 será posible un trato especial para personas pensionadas o jubiladas, en situación de orfandad, menores de 18 años, con discapacidad, adultas mayores o personas viudas, madres solteras, sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase los dos salarios mínimos generales vigentes, así como aquellas que fueron liberadas por amnistía estatal.En estos casos, los ayuntamientos podrán determinar de manera particular subsidios de hasta 34 por ciento en el pago del impuesto predial para el propietario poseedor que acredite vivir en esa propiedad y sea de tipo habitacional. Este porcentaje se aplicará para el impuesto predial y para el caso de agua potable será de hasta 38 por ciento, de manera que los descuentos pueden llegar al 50 por ciento en ambos casos.Se avalaron estímulos fiscales de hasta 100 por ciento en el pago de contribuciones, aprovechamientos y accesorios a favor de personas de grupos vulnerables, pero en este caso se consideran a las personas con tres salarios mínimos vigentes.Así como asociaciones religiosas, instituciones de beneficencia pública o privada, asociaciones culturales, instituciones de enseñanza pública, a los tramitados a través del sistema municipal DIF y a quienes realicen actividades no lucrativasLos ayuntamientos también podrán acordar a favor de quienes lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra, bonificaciones de hasta 100% en este gravamen, por ejercicios fiscales anteriores y los accesorios legales causados.