¿Quieres formar un partido político en Edomex? Aquí te damos los detalles
03 de Enero del 2024
Conoce los requisitos para formar un partido político local.
Si te interesa conformar un nuevo partido político local, este es el momento para empezar con los trámites ante el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) y poder llegar a distintos cargos de elección popular, a nivel municipal, distrital y estatal, el plazo para hacerlo es del primero de enero y termina el día 31.
El director de Partidos Políticos, del IEEM, Oswaldo Tercero Gómez Guerrero, explica que el artículo 11 del Código Electoral señala que las organizaciones de las y los ciudadanos que pretendan funcionar como partidos políticos deberán informar por escrito ese propósito durante el mes de enero del año siguiente a la elección de la gubernatura.
“Las reglas son muy claras, se inicia en enero del 2024 la revisión de la documentación que presenten. En el 2018, después de la elección de gobernador, se presentaron solicitudes, se creó la comisión, se sustanció el procedimiento y ninguna reunió los requisitos, por lo cual todas fueron desechadas y este 2024 no hay partidos nuevos” indicó.
Si los reúne pasan a una siguiente etapa y el reglamento actual dice que tendrán un año para llevar a cabo las asambleas, de mayo del 2024 a mayo del 2025.
Aunque se analizan algunas adecuaciones a estas fechas para que dichas asambleas se lleven a cabo hasta el siguiente año, de enero a diciembre del 2025, con el fin de que sus actividades no se empalmen con el proceso electoral local y el federal.
Quienes cumplan todos los requisitos y se conformen como partido político, tendrán su registro condicionado y se les reconocerá la validez a partir primero de julio del año previo a la elección que sería la de 2027, donde deben participar y lograr al menos 3 por ciento de la votación para poder continuar como partido político local.
El funcionario electoral consideró que hay tiempo suficiente para revisar y celebrar las asambleas que les señala la ley como condición para convertirse en partidos políticos, pero en su primera elección no pueden coaligarse a otros partidos; deben competir de manera individual.
Una tarea nada sencilla para formar un partido político
Oswaldo Gómez reconoció que no es una tarea sencilla, pues deben hacer una asamblea previa para constituir una asociación civil, la cual tiene que tener claro y definido para qué se va a crear y que buscan constituirse como partido político.
Deben indicar quiénes la van a integrar, especificar y generar sus propios estatutos y una vez que constituyan todo eso, deben acudir a hacer una inscripción ante el Servicio de Administración Tributaria, deben tener un Registro Federal de Causantes y una cuenta bancaria específica para sus fines.
Para que puedan ser monitoreados por el INE, desde su inicio hasta su conclusión, para garantizar que no haya recursos de procedencia ilícita o dinero público.
La constitución como Asociación Civil es la parte más complicada para ellos, requiere de tiempo, de acudir a una notaría, donde el trámite se tarda, por lo cual quien busque ser partido debió haber iniciado su constitución desde el año pasado.
Requisitos para formar un partido político en Edomex
El primero es tener una organización protocolizada ante notario público del Estado de México, donde se indique que el fin es conformar un partido político local, estar inscritos ante el SAT y tener una cuenta bancaria específica para este fin, señala el Reglamento para conformar partidos políticos.
Deben presentar un escrito ante el Instituto Electoral, durante el mes de enero, donde informe la denominación de la organización; los nombres de las o los dirigentes y representantes de la organización.
El domicilio para oír y recibir notificaciones en la ciudad de Toluca, el órgano responsable de la administración de su patrimonio y recursos financieros, la acreditación del representante del órgano de administración.
El escrito debe ser acompañado del acta constitutiva; la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos que normarán la vida del partido político; la acreditación de sus dirigentes y representantes.
El documento debe ser presentado ante la Oficialía de Partes y dirigido a la presidenta del Consejo General del Instituto para que lo revisen y determinen la viabilidad de iniciar la celebración de asambleas en por lo menos dos terceras partes de los distritos electorales locales o de los municipios.
A estas deben acudir, cuando menos 0.26 por ciento del padrón electoral de esa zona que manifestaron su intención de afiliarse, siempre y cuando acudan libremente y previamente conocieron y aprobaron la declaración de principios, para finalmente formar parte de ese nuevo instituto político.