Condena la Comisión Iberoamericana de Derechos Humanos para el desarrollo de las américas (CIDHPDA) el homicidio del joven José Eduardo Ravelo

• La COMISIÓN IBEROAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS PARA EL DESARROLLO DE LAS AMÉRICAS (CIDHPDA) expresa sus condolencias a sus familiares y le hace un llamado a las autoridades a fin de realizar una investigación exhaustiva para que no haya impunidad en el caso.


La COMISIÓN IBEROAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS PARA EL DESARROLLO DE LAS AMÉRICAS (CIDHPDA) condena el homicidio del joven de 23 años José Eduardo Ravelo, quien fue presuntamente asesinado y abusado sexualmente por parte de la policía municipal de Mérida, Yucatán el pasado 21 de julio del 2021.

Este organismo autónomo expresa sus condolencias a la señora Maria Ravelo y a sus familiares. Por ello, insta a las autoridades correspondientes a realizar una averiguación inmediata e integral de los hechos cometidos. La CIDHPDA reitera su preocupación por la falta de mecanismos y estrategias idóneas de las autoridades para evitar homicidios, agresiones y violaciones de los derechos humanos.

La CIDHPDA, exige a las autoridades municipales y estatales de Yucatán y al fiscal general del Estado de Yucatán, Juan Manuel León León, realizar una investigación exhaustiva para ubicar a las personas responsables, presentarlas ante la justicia y reciban el castigo que en materia de derecho corresponde a los imputados por los delitos de homicidio calificado cometido en pandilla, tortura y violación agravadas, confiando que este crimen no quede en la impunidad.

El gobierno del Estado de Yucatán tiene que sujetarse como lo señala el Código Penal Federal en el Art. 213-Bis, donde se describe que los servidores públicos miembros de una corporación policiaca (…), deberán de inhabilitarse de forma inmediata, es decir retirar del cargo a los sospechosos de la muerte del joven José Eduardo R.

Finalmente, demandamos al gobierno del Estado Yucatán de asumir su responsabilidad para garantizar el Derecho de las Victimas y la reparación total del daño, con fundamento respeto a los derechos humanos, como se menciona en la Ley General de víctimas en México en el Art.7:
“Las víctimas tendrán, entre otros, los siguientes derechos: I. A una investigación pronta y eficaz que lleve, en su caso, a la identificación y enjuiciamiento de los responsables de violaciones al Derecho Internacional de los derechos humanos, y a su reparación integral; II.

A ser reparadas por el Estado de manera integral, adecuada, diferenciada, transformadora y efectiva por el daño o menoscabo que han sufrido en sus derechos como consecuencia de violaciones a derechos humanos y por los daños que esas violaciones les causaron; VI. A solicitar y a recibir ayuda, asistencia y atención en forma oportuna, rápida, equitativa, gratuita y efectiva por personal especializado (…); VII. A la verdad, a la justicia y a la reparación integral a través de recursos y procedimientos accesibles, apropiados, suficientes, rápidos y eficaces; VIII.

A la protección del Estado(…) Lo anterior incluye el derecho a la protección de su intimidad contra injerencias ilegítimas, así como derecho a contar con medidas de protección eficaces cuando su vida o integridad o libertad personales sean amenazadas.”

Por lo que es necesario que no exista dilación en este lamentable hecho.